¿Cuáles son las causales de rechazo durante el registro de marcas en Chile ?

Las causales de rechazo durante el registro de marcas en Chile se encuentran en el artículo 20 de la Ley 19.039 de Propiedad Industrial y pueden ser catalogadas en dos tipos:

A – Causales absolutas de rechazo

Las causales absolutas ante los registro de marcas se refiere a la capacidad del signo para constituir una marca comercial, por lo que se relacionan directamente con la distintividad intrínseca o abstracta.

  • Signos que no constituyen una marca
  • Falta de carácter distintivo
  • Moral y orden público
  • Carácter engañoso
  • Emblemas y símbolos especialmente protegidos

El detalle de lo anterior (que no es trivial) lo puedes ver por ejemplo en:

https://www.oepm.es/export/sites/portal/comun/documentos_relacionados/PDF/Prohibiciones_absolutas_signos.pdf

B – Causales relativas de rechazo

En cambio, las causales de rechazo relativas dicen relación con la existencia de otros derechos en forma anterior, es decir, se relacionan en forma directa con la distintividad extrínseca o concreta.

Puedes ver más detalle en:

https://www.oepm.es/export/sites/portal/comun/documentos_relacionados/PDF/Prohibiciones_relativas_signos.pdf

  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

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