Si estás interesado en el registro de marcas y patentes, debes saber que este registro es diferente, tanto para el registro de marcas como para el registro de patentes. El registro de marcas solo se logra a través del cumplimiento de un procedimiento administrativo que debe realizarse ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI).
Recomendamos que este proceso se realiza mediante asistencia legal, sea de nosotros o de cualquier otro estudio jurídico, sin embargo, aclaramos que esto no es una condición obligatoria para el curso del proceso (con excepción de la tramitación de las incidencias procesales, como las oposiciones de registro, que sí deben ser resueltas obligatoriamente a través de la asistencia legal).
Ahora bien, si deseas aventurarte y realizar tú mismo el proceso, es conveniente que tomes en consideración la siguiente información sobre el funcionamiento.
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Aspectos generales del procedimiento de registro de marcas y patentes
¿En qué consiste el proceso de registro de marcas?
El procedimiento de registro de marcas y patentes difiere en gran parte, ya que el registro de marcas consiste en una agrupación de pasos y actuaciones relacionadas entre sí, que operan en conjunto de forma consecutiva para lograr el alcance de un mismo objetivo, que es la inscripción de la marca en el sistema nacional de INAPI.
A través del procedimiento de registro se engloban una serie de actuaciones y trámites, legales y administrativos, que deben ser desarrolladas de manera organizada y oportuna por el solicitante de la marca y por los funcionarios de INAPI. Estas actuaciones deben ser efectuadas siguiendo fielmente las disposiciones legales relacionadas a la materia.
Naturaleza jurídica del procedimiento de registro de marcas y patentes
Se considera que el procedimiento de registro de marca es de naturaleza “judicial y administrativa”, y es completamente diferente del procedimiento de registro de patentes, en vista que el registro de marcas involucra actuaciones derivadas de la administración pública; es regulado por un organismo de la administración; pero a la vez, también está compuesto por aspectos contenciosos o derivados del sistema judicial. Por lo tanto, la naturaleza jurídica del procedimiento de registro de marcas es de carácter mixto, involucra las dos instancias del derecho, la administrativa y la judicial.
¿Quién regula el procedimiento de registro de marcas y patentes?
El registro de marcas y patentes es responsabilidad del Instituto Nacional de Propiedad Intelectual (INAPI), quien figura como el único órgano competente para regular el desarrollo de la propiedad industrial en el país y entre esto, los temas vinculados a la marca, una petente y su registro.
INAPI es el organismo facultado legislativamente para prever el funcionamiento del registro de marcas y patentes, de manera que es la institución responsable de crear los cuerpos normativos relacionados a la legalización de la marca y la patente.
Actualmente, las disposiciones normativas dedicadas a regular estos asuntos son; Ley de Propiedad Industrial N°19.039; el reglamento de dicha ley; resoluciones administrativas de INAPI; y en general, los decretos normativos dictados por INAPI.
En cuanto al procedimiento de registro de la marca, deben tomarse en cuenta para el desarrollo del mismo, tanto la Ley de Propiedad Industrial como el Reglamento de dicha ley. En ambos textos se establecen pautas relacionadas al proceso y al derecho de marca en general. El éxito de tu procedimiento esta muy relacionado al conocimiento de estas normas.
El proceso de registro de marca es único
El procedimiento de registro de marca es único. Este proceso será igual, independientemente de la variación de los factores involucrados en él, es decir, el proceso no cambiará en razón del tipo de marca que se solicites; del tipo de solicitante que inicie el proceso; del medio seleccionado para su presentación (web o presencial); o de cualquier otro aspecto del proceso.
Las etapas procesales relacionadas al registro serán iguales independientemente del tipo de marca que sea y de quien la solicita. Los aspectos que podrían variar en el curso del proceso son los relacionados a los requisitos de forma de la marca (clasificación de la marca, especificaciones de la planilla de solicitud, anexos de la solicitud), en vista que, de acuerdo a las regulaciones de INAPI, estos si dependen del tipo de marca, solicitante o modo de presentación.
El proceso de registro de marca y los lapsos perentorios
Una de las principales características del procedimiento de registro de marca es que este está compuesto por lapsos perentorios. Esto quiere decir que, las actuaciones establecidas por INAPI para las etapas del procedimiento, deben ser realizadas dentro del tiempo dispuesto por ellos, de lo contrario, el organismo procederá con las sanciones pertinentes, según sea el caso.
Generalmente, los pagos del proceso de registro marca realizados fuera del tiempo establecido, se traducen en la terminación del proceso.
Si te interesa saber más sobre las consecuencias de los pagos extemporáneos, puedes revisar nuestro blog.
¿Cómo se divide el procedimiento de registro de marcas y patentes?
Con apoyo de la información contenida en el libro denominado “Marcas Comerciales. Manual de Procedimiento”, realizado por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) y publicado en el año 2011 (al cual puedes acceder mediante la página web www.inapiproyecta.cl), se determinó que el procedimiento de registro de marcas está dividido principalmente en tres fases.
Este procedimiento se desarrolla a través del cumplimiento de tres etapas; la inicial y de revisión de forma; la de publicación y oposición; y la de revisión de fondo y registro de la marca. Cada una de estas etapas está integrada por una serie de actuaciones que deberán desarrollar de forma oportuna los solicitantes del registro y los funcionarios de INAPI involucrados en el proceso.
Etapas del proceso de registro de marca
Primera etapa del registro de marca
La primera etapa del proceso corresponde al inicio del registro. En esta fase el titular de la marca directamente o bajo representación (en los casos que sea necesario), manifiesta a través de su solicitud al Instituto Nacional de Propiedad Industrial, la intención de registrar su marca. Este es el primer paso que debe efectuarse para lograr la inscripción de la marca, sin la presentación de esta solicitud no existe proceso.
Esta etapa se compone principalmente por: la solicitud de registro; revisión de forma de INAPI; observaciones de forma; subsanación de las observaciones (en caso de haber), entre otras actuaciones secundarias derivadas de estas.
¿Cómo AbogaDOC puede ayudarte en esta etapa?
En AbogaDOC podemos asistirte en cada uno de los pasos contemplados en esta etapa. Lo primero que haremos será proporcionarte un informe de factibilidad, dicho informe está diseñado para imitar la labor de INAPI en la evaluación de la marca. Nos encargamos de examinar tu marca, tal y como lo haría la Institución. Una vez finalizado el examen, te planteamos cuales son las proyecciones de registro de tu marca y te brindamos las recomendaciones necesarias para procurar el éxito de tu proceso.
Seguidamente, realizamos en tu nombre la solicitud de registro de marca, en base a los criterios de INAPI y de la ley. Velamos por que tu solicitud no contenga ningún error que pueda retrasar el registro. Igualmente, en caso de haber observaciones, nos ocupamos de ellas y hacemos el seguimiento correspondiente para que estas sean enmendadas en el tiempo dispuesto por INAPI.
En esta etapa, te ayudamos a cuidar cada uno de los detalles relativos a la presentación de tu marca ante INAPI, para disminuir las posibilidades de rechazos o incidentes en el proceso. Realizamos los trámites relativos a solicitudes y pagos que sean necesarios.
Segunda etapa del registro de marca
La segunda etapa del proceso de registro está vinculada con la publicidad del acto. Al igual que la mayoría de los procedimientos administrativos, el registro de marcas y patentes es un proceso público, que procura a través de esta publicidad, proteger los derechos de cualquiera que pueda verse afectado directa o indirectamente por el registro de una marca o patente que no cumpla con los extremos de ley.
En esta fase se otorga la oportunidad a cualquier tercero que por razones legalmente justificadas no esté de acuerdo con el registro de la marca solicitante, a oponerse a su inscripción.
Esta etapa implica principalmente las siguientes actuaciones: publicación de la marca en el Diario Oficial; oposición al registro de la marca; proceso contencioso derivado de la oposición; entre otras actividades secundarias relacionadas a estas.
¿Cómo AbogaDOC puede ayudarte en esta etapa?
En AbogaDOC nos encargamos de gestionar los trámites necesarios para realizar la publicación en el tiempo establecido por INAPI. Adicionalmente, estamos atentos a las oposiciones que se realicen en contra de tu marca y te mantenemos informado al respecto.
En caso de haber oposición a tu marca, contamos con la preparación y el personal capacitado, para realizar y presentar el escrito de defensa. Realizamos los esfuerzos necesarios para defender el registro de tu marca y contrarrestar las oposiciones que presenten. (Esta es una fase del proceso donde la asistencia legal deja de ser opcional y pasa a ser obligatoria. Requieres abogado para la defensa en el proceso contencioso)
Tercera etapa de registro de marca
La tercera y última etapa del registro de marca está relacionada con el análisis de registrabilidad de esta. Aún cuando no exista oposición al registro de esta marca, INAPI como órgano responsable de la legalidad de las marcas, debe evaluar que la misma no incumpla con ninguna de las disposiciones de ley. Una vez, se haya comprobado que la marca cumple con los requisitos legales, se otorga la concesión y esta queda registrada en el sistema.
Esta fase se compone principalmente por el examen de fondo de la marca; observaciones de fondo; juicio civil derivado de las observaciones; concesión de la marca; entre otras actuaciones secundarias relacionadas a estas.
¿Cómo AbogaDOC puede ayudarte en esta etapa?
En AbogaDOC somos un equipo de expertos en registro de marcas y patentes, hemos registrado numerosas marcas y contamos con los conocimientos necesarios para defender tu marca ante las observaciones de fondo que realice INAPI. Nos ocupamos de analizar cada una de las observaciones de INAPI y elaborar un escrito que defienda tu marca de estas observaciones, procurando lograr el éxito de tu registro.
Estas etapas corresponden a una división generalizada del proceso, realizada en base a la información planteada por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI). Las actuaciones mencionadas son las principales de cada fase, sin embargo, cada una de estas está compuesta por distintos pasos que aunque no se mencionan, deben realizarse en conformidad con las especificaciones establecidas por el Organismo, para poder avanzar en el curso del proceso.
Debes tener en cuenta que, en el procedimiento de registro de marcas y patentes todos los detalles y pasos son relevantes, la omisión o el defecto de cualquiera de estos, puede afectar el curso completo del registro. De allí la recomendación de realizar el proceso a través de la asistencia de un profesional estudiado en la materia que comprenda su funcionamiento.