Si necesitas un aumento de pensión alimenticia, te complacerá saber que el valor de la pensión puede ser modificado en el tiempo. El monto de tu pensión alimenticia no es perpetuo, puede cambiar cuando existan condiciones que lo ameriten.
Una vez fijado el monto de la pensión alimenticia, en sentencia judicial o mutuo acuerdo, esta puede variar en razón de los cambios que se presenten en las circunstancias de las partes. Las partes pueden acordar o demandar un aumento de alimentos, cuando ocurran cambios que puedan fundamentar un incremento en el valor de la pensión.
Antes de profundizar sobre el tema, es necesario aclarar que lo que usualmente denominamos “Demanda por pensión” se refiere al concepto jurídico de “Demanda de Alimentos” o simplemente “Alimentos”. En adelante, para simplificar la lectura, nos referiremos a este concepto simplemente como “demanda por pensión”.
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¿Qué es la pensión alimenticia?
La pensión alimenticia es el valor o monto determinado que, fijan las partes o el Juez, al alimentante para pagar al alimentario en razón al vínculo jurídico que estos tienen.
El derecho de alimentos, es un derecho que tiene toda persona por el siemple hecho de nacer. Es un derecho inherente a la persona que el Estado confiere para proteger a aquellos que se encuentren en una situación de necesidad.
La pensión alimenticia es reajustable en el tiempo. Cuando las partes consideren necesario realizar un aumento de pensión alimenticia o una rebaja, pueden realizar un acuerdo o iniciar el juicio.
Factores de la pensión alimenticia
Si estás interesado en conocer más sobre la pensión alimenticia, es recomendable que leas las siguientes definiciones. Estas explicaciones te facilitarán el entendimiento de la materia.
- Alimentario. La persona que recibe la pensión alimenticia. El sujeto que se encuentra en un estado de necesidad y requiere apoyo económico de otras personas para subsistir.
- Alimentante. La persona obligada a realizar el pago de la pensión alimenticia. El sujeto obligado a asistir económicamente a otro que necesita asistencia económica para subsistir.
- Derecho de alimentos. El derecho que tiene toda persona a exigir el apoyo económico de los sujetos obligados por la ley, para costear gastos vitales
- Vínculo jurídico. Lazo legal que une al alimentario y alimentante. Se trata parentesco o nexo jurídico entre las partes. Ejemplo: padre e hijo; cónyuges; abuelo nieto.
El vínculo jurídico se utiliza para determinar si existe o no la obligación de pagar la pensión alimenticia.
- Necesidad del alimentario. Imposibilidad económica de la persona, en costear los gastos sustanciales de vida. Se entiende necesitado, el sujeto que que no puede por sí solo, cubrir los costos necesarios para subsistir.
La necesidad del alimentario se utiliza como factor determinante para fijar el monto de la pensión alimenticia. A través de este factor se puede determinar cuál es el monto que el alimentante requiere para cubrir el pago de sus gastos.
- Capacidad económica del alimentante. Hace referencia a la situación patrimonial del alimentante. Se enfoca principalmente en la capacidad de generar ingresos del alimentante.
La capacidad económica del alimentante se utiliza como factor determinante para fijar el valor de la pensión. A través de esta capacidad se puede determinar cuál es la capacidad de pago de la persona.
- Gastos de vida. Gastos de vivienda, alimentos, vestido, transporte, salud, educación, servicios públicos y todos aquellos que estén vinculados directamente con el desarrollo de vida de la persona.
¿Cuánto se paga por pensión alimenticia?
Para saber cuánto se paga por pensión alimenticia es necesario primero aclarar que la pensión alimenticia no se limita expresamente al gasto de los alimentos de la persona, sino que va más allá del monto requerido para la compra de alimentos.
La pensión alimenticia es un monto que se fija para asistir al alimentario en todos sus gastos vitales. Esto implica muchos más que el pago de los alimentos que consume la persona.
El monto de la pensión debe fijarse tomando en cuenta gastos de vivienda (vestido, educación, salud, transporte, alimentos, servicios públicos y cualquier otro que acredite el alimentario y que se considere necesario para el sustento de su vida).
¿Qué cálculo se aplica para el valor de la pensión alimenticia?
La ley no establece ningún cálculo o fórmula matemática que pueda utilizarse para estimar o precisar el valor de la pensión alimenticia.
El monto de la pensión alimenticia deberá ser fijado por las partes o por el Juez (dependiendo si se trata de una pensión de mutuo acuerdo o dictada en sentencia) en concordancia a la necesidad del alimentario y la capacidad económica del alimentante.
El Juez para calcular el monto de la pensión, debe hacer un análisis de los elementos del caso y en base a ello determinar cúal es el valor de pensión más conveniente para las partes.
Aunque la ley no establece una fórmula exacta para calcular el valor de la pensión alimenticia, si establece ciertos límites. La pensión no puede ser mayor al 50% del ingreso del alimentante o menor al 40% de estos ingresos (30% cuando se trate de más de un pensionado). El Juez puede fijar montos menores a los sugeridos por la ley.
El aumento de pensión alimenticia
El valor de la pensión alimenticia es modificable y reajustable en el tiempo. Cuando se determina el monto de la pensión, se hace en base a la situación económica de las partes en ese momento. Si esta situación cambia, la pensión puede cambiar.
La pensión puede reajustarse para un aumento o una rebaja, todo depende del tipo de cambio que se haya efectuado.
El aumento de pensión alimentici, consiste en realizar un incremento en el valor de la pensión. Los aumentos de pensión alimenticia pueden ser acordados por las partes o demandados ante el Juzgado de Familia que corresponda.
¿Como se hace el aumento de pensión alimenticia?
El aumento de pensión alimenticia usualmente se hace a petición del alimentario, es decir, quien recibe la pensión. Puede realizarse mediante mutuo acuerdo de partes o mediante demanda de aumento de pensión alimenticia.
El aumento de pensión alimenticia, se realiza principalmente en función a dos causas:
- Incremento de la necesidad del alimentario. Si el alimentario incrementa sus gastos de vida (los gastos de vida considerados al momento de fijar la pensión aumentaron o surgen nuevos gastos que no fueron considerados al fijar la pensión), requiere de una pensión mayor, porque sus necesidades son mayores.
- Incremento en la capacidad económica del alimentante. Si el alimentante incrementa su capacidad económica (percibe más ingresos que en el momento que se fijó la pensión alimenticia), tiene mayor capacidad de pago y por lo tanto, puede asumir un incremento en la pensión.
Los reajustes de rebaja o aumento de pension alimenticia se realizan en función a los cambios que ocurran en las circunstancias de las partes. De acuerdo al tipo de cambio que se haya generado, se puede aumentar o rebajar la pensión.
Aumento de pensión alimenticia
El aumento de pensión alimenticia puede realizarse mediante mutuo acuerdo de partes o a través de un juicio con una demanda de aumento de pensión alimenticia. El uso de alguna de estas vías depende de la voluntad de las partes.
Aumento de pensión alimenticia por mutuo acuerdo de partes
Si el alimentante y el alimentario están de acuerdo en realizar el aumento de alimentos, la pueden hacer mediante un acuerdo. En este acuerdo las partes acuerdan un nuevo monto para la pensión alimenticia. Las partes son libres de incrementar el valor de la pensión al monto que consideren conveniente, siempre y cuando,esto no sea contrario a la ley.
Los acuerdos de partes deben ser aprobados por los Juzgados de Familia que correspondan.
Aumento de pensión alimenticia por sentencia
Si las partes no están de acuerdo en realizar el aumento de pensión alimenticia, el alimentario debe presentar una demanda por aumento de pensión ante el Juzgado de Familia que corresponde.
Luego de presentar la demanda, el Juez analizará los elementos del caso y el cambio que motiva la solicitud de aumento, para determinar si es procedente o no. Si llega a conceder el aumento de la pensión, establecerá cuál será el nuevo monto
Requisitos de la demanda de aumento de pensión alimenticia
Si se trata de un aumento de pensión alimenticia mediante acuerdo de partes, no se necesita más requisito que la voluntad de las partes.
Si se trata de una demanda de aumento de pensión alimenticia, debes cumplir con los siguientes requisitos:
1. Asistencia legal
Para presentar una demanda de aumento de pensión alimenticia, debes contar con el patrocinio de un abogado. De acuerdo a las normas legales, es obligatorio que las demandas de alimentos se presenten con asistencia de un abogado habilitado para actuar ante Tribunales.
2. Juzgado de Familia competente
La demanda de aumento de pensión alimenticia se debe presentar en el Juzgado de Familia del domicilio de las partes. El demandante decide si presentarla en su domicilio, en el del niño, niña o adolescente o en el domicilio del demandado.
3.Certificado de mediación frustrada
La demanda de aumento de pensión alimenticia debe acompañarse del certificado de mediación emitido por un Centro de Mediación aprobado por el Ministerio de Justicia.
Para poder presentar la demanda de aumento de pensión alimenticia, el alimentantario debe contar con el certificado de mediación frustrada. Las partes deben haber agotado la fase de mediación antes de acudir a la vía judicial.
4.Acreditar el cambio de condiciones
En la demanda de aumento de pensión alimenticia debes acreditar la existencia del cambio que motiva el aumento. Cuando se solicita un aumento de pensión, es porque ha sucedido un cambio en alguna de las condiciones del alimentante o del alimentario.
Estos son los principales requisitos que debes tener en cuenta para presentar una demanda de aumento de pensión alimenticia y adicionalmente, tu abogado debe encargarse de acompañar los documentos básicos que se anexan a toda demanda de alimentos, como por ejemplo: el certificado de matrimonio, certificado de nacimiento.
¿Cómo calcular un aumento de pensión alimenticia?
No existe una fórmula o cálculo matemático para estimar cuál será el aumento en el monto de la pensión de alimentos.
Si el cálculo del aumento de pensión alimenticia lo realizan las partes, estas deciden cuáles serán los criterios que utilizarán para determinar el nuevo monto de la pensión.
Si el cálculo del aumento de pensión alimenticia lo realiza un Juez, éste evaluará las condiciones del caso. El Juez decidirá si el cambio acreditado es o no suficiente para realizar el aumento.
Si alguna de las partes no está de acuerdo con el nuevo monto fijado por el Juez, pueden ejercer debida y oportunamente la apelación de la sentencia.
Restricciones legales para el aumento de pensión alimenticia
La ley establece un porcentaje mínimo y máximo para el cálculo de la pensión alimenticia. Máximo: 50% de los ingresos del alimentante y Mínimo: 40% o 30%.
Los porcentajes fijados en ley, deben ser tomados en cuenta para el nuevo cálculo de la pensión. El Juez no está obligado a fijar exactamente estos porcentajes, puede fijar un monto menor o mayor, todo de acuerdo a las condiciones del caso.
¿Cuántas veces puedo realizar un aumento de pensión alimenticia?
El aumento de pensión alimenticia puede hacerse cuantas veces sea procedente, por acuerdo de partes o por juicio.
Las partes pueden reajustar el valor de la pensión mediante acuerdo cada vez que lo acuerden y lo crean conveniente. El alimentario podrá demandar el aumento de la pensión cuantas veces corresponda según los cambios en las condiciones de su caso.
El aumento de la pensión puede hacerse cada vez que se efectúe un cambio que realmente amerite el incremento en el valor de la pensión alimenticia.
No olvidemos que lo que usualmente denominamos “demanda por pensión” se refiere al concepto jurídico de “Demanda de Alimentos” o simplemente “Alimentos”, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento jurídico chileno.
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