Las partes pueden realizar o solicitar un reajuste de pensión alimenticia, cuando lo requieran. El monto de la pensión alimenticia no es perpetuo ni estático, este puede cambiar en el tiempo.
El valor de la pensión alimenticia depende de las circunstancias de hecho relacionadas a cada caso. Cuando estas circunstancias cambian, el valor de la pensión también puede cambiar, todo dependerá de la acción de las partes y de la intervención del Juez.
Las partes no estarán sometidas durante el tiempo de vigencia de la pensión alimenticia, al monto que se haya fijado al inicio de la pensión. Este monto puede aumentar o disminuir, dependiendo de las circunstancias de las partes.
Antes de responder a tus preguntas, es necesario aclarar que lo que usualmente denominamos “Reajuste de pensión” se refiere al concepto jurídico de “Aumento o Rebaja de Alimentos”. La institución jurídica del Reajuste dice relación con la variación que se genera en la obligación de alimentos señala por ley en razón del IPC o el IMMR según corresponda. En adelante, para simplificar la lectura, nos referiremos a “Reajuste” al simple aumento o rebaja.
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Valor de la pensión alimenticia
Antes de responder a tus preguntas, es necesario aclarar que lo que usualmente denominamos “pensión” se refiere al concepto jurídico de “Demanda de Alimentos” o simplemente “Alimentos”. En adelante, para simplificar la lectura, nos referiremos a este concepto simplemente como “pensión”.
El monto de la pensión alimenticia puede ser fijado mediante convenio de partes o sentencia judicial. En ambos casos se determinará un valor correspondiente a la pensión, que deberá pagarse en las fechas acordadas por las partes o indicadas por el Juez.
El monto correspondiente a la pensión alimenticia se fija en un momento determinado, en base a las circunstancias de las partes en ese momento. Para ello se toma en cuenta principalmente, la necesidad del alimentario y la capacidad económica del alimentante.
Es común que las circunstancias cambien con el tiempo y parecería injusto pensar que la pensión alimenticia no pudiera hacerlo también.
¿Se puede realizar un reajuste de pensión alimenticia?
Si! el valor de la pensión alimenticia es reajustable. El valor de la pensión alimenticia está relacionado con la necesidad y capacidad económica de las partes, por lo tanto, si estas cambian, la pensión también puede cambiar.
Desde que se fija por primera vez el monto de la pensión alimenticia, se hace en base a dos factores económicos: la necesidad económica del alimentario y la capacidad económica del alimentante. Cuando se determina el valor de la pensión se evalúan estos dos factores y se fija el monto que resulte más justo y acorde a la situación de las partes.
Cuando alguno de estos factores cambia, para bien o para mal, la pensión también puede y debería cambiar. Si la necesidad del alimentario ya no es la misma o la capacidad del alimentante no es igual, puede hacerse un reajuste de pensión alimenticia y adaptar este monto a las nuevas circunstancias de las partes.
Ejemplo: Un aumento en la capacidad económica del alimentante (un ascenso laboral) indica que este puede asumir el pago de una pensión mayor, por lo tanto, puede realizarse un reajuste donde se incremente el valor de la pensión (siempre y cuando la pensión vigente no sea suficiente para las necesidades del alimentario).
Tipos de reajuste de pensión alimenticia
El reajuste de pensión alimenticia puede ser de dos tipos: reajuste por aumento del valor de la pensión o reajuste por rebaja del valor de la pensión.
El valor de la pensión alimenticia puede incrementar o disminuir, todo depende de cuales sean los cambios que hayan ocurrido en las circunstancias de las partes. El reajuste que se haga de la pensión debe ser proporcional a los cambios en el caso.
Ejemplo: Si aumenta el ingreso del alimentante, el valor de la pensión puede aumentar. Si por el contrario, el ingreso disminuye, la pensión puede disminuir.
¿Cómo puede hacerse un reajuste de pensión alimenticia?
El reajuste de pensión alimenticia depende del cambio en los elementos del caso, específicamente del cambio en la necesidad o capacidad económica de las partes. Pero, estos cambios no ocasionan un reajuste de pensión alimenticia automático, sino que para efectuar el reajuste debe haber una acción de partes.
Independientemente del medio a través del cual se haya fijado la pensión alimenticia (sentencia o convenio), para realizar un reajuste del valor de la pensión, las partes deben; hacer un acuerdo o presentar la demanda correspondiente ante el Juzgado de Familia competente. El reajuste no se efectúa por el solo hecho del cambio.
Existen dos formas de realizar el reajuste de pensión alimenticia: por acuerdo de las partes o por demanda.
Reajuste de pensión alimenticia por convenio
Cuando las partes estén de acuerdo en realizar el reajuste de pensión alimenticia (sea aumento o rebaja) estas podrán realizar un convenio donde pacten el nuevo valor para la pensión.
Las partes considerando los cambios dados en su situación, pueden pactar un nuevo monto para la pensión. El convenio que realicen las partes debe ser presentado ante el Juzgado de Familia que corresponda.
Reajuste de pensión alimenticia por demanda
Cuando las partes no están de acuerdo en realizar el reajuste de pensión alimenticia, la solución es la vía judicial. La parte interesada en realizar el reajuste, debe presentar una demanda de aumento o rebaja (dependiendo del caso) ante el Juzgado de Familia que corresponda.
Si es una demanda de rebaja de pensión alimenticia, tiene que presentarse en el Tribunal de Familia del domicilio del alimentario.
El interesado en presentar una demanda para el reajuste de pensión alimenticia, debe haber agotado en primer lugar la fase de mediación. La etapa de mediación se agota acudiendo a alguno de los centros de mediación aprobados por el Ministerio de Justicia.
Las partes pueden dirigirse de forma directa a alguno de estos centros o acudir al Juzgado de Familia competente para que les asigne uno.
En la demanda de aumento o rebaja de pensión, el demandante expone los motivos por los que considera debe realizarse el reajuste de pensión alimenticia y acompaña el certificado de mediación frustrada y los documentos necesarios para sustentar su solicitud.
¿Cuantas veces se puede realizar el reajuste de pensión alimenticia?
El reajuste de pensión alimenticia depende del cambio de los elementos del caso (capacidad económica del alimentante y necesidad del alimentario). Por lo tanto, se puede realizar un reajuste de pensión alimenticia cada vez que se efectúe un cambio en estos elementos, siempre y cuando el cambio justifique ese reajuste.
No existe un número limitado de veces que pueda reajustarse la pensión alimenticia. Los reajustes dependen de la frecuencia con que se den los cambios en las circunstancias de las partes o de los acuerdos de las partes.
¿Qué hacer cuando no estás de acuerdo con el valor pensión alimenticia que ha fijado el Juez?
En ocasiones alguna de las partes no está conforme con el valor de la pensión alimenticia que ha fijado el Juez. Esto puede suceder tanto en la primera oportunidad en la que se fija la pensión, como en alguna sentencia de reajuste.
En ambos casos lo que debe hacer la parte interesada es apelar de la sentencia en el lapso de tiempo establecido por la ley. Para ello debes contar con el patrocinio de un abogado.
No olvidemos que lo que usualmente denominamos “pensión” se refiere al concepto jurídico de “Demanda de Alimentos” o simplemente “Alimentos”, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento jurídico chileno.
No olvides que lo que usualmente denominamos “Reajuste de pensión” se refiere al concepto jurídico de “Aumento o Rebaja de Alimentos”.
Si estás interesado en realizar un reajuste de pensión alimenticia, mediante convenio o demanda, AbogaDOC puede asistirte en cada uno de los pasos que debes dar. Te apoyamos en todo el procedimiento judicial y extrajudicial. Somos expertos en derecho de alimentos y podemos orientarte de acuerdo a las circunstancias particulares de tu caso.