Todos los aspectos de la persona jurídica pueden ser sujetos a cambios, transformación de sociedad, siempre y cuando, estos cambios o transformaciones no estén prohibidos por la naturaleza jurídica que corresponda al tipo de sociedad o empresa de la cual se trate.

oficina donde se realizan la transformación de sociedad

La transformación de sociedad, sociedades y empresas se encuentran divididas por tipos. Existen cuatro tipos principales de modificaciones y estos se enfocan en distintos elementos de la sociedad.

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1. Migración del sistema de registro de la sociedad

La migración de sistema es uno de los tipos de modificación que pueden realizarse a las sociedades o empresas. En este caso, no se trata de una reforma a la estructura o funcionamiento de la persona jurídica, sino de un cambio de sistema de registro donde esta se encuentra inscrita.

La migración de la sociedad o empresa, consiste en que esta sea cambiada de un sistema registral a otro. La persona jurídica puede estar inscrita en el sistema convencional (conservador) o en el online (empresaenundia.cl), por lo que la migración de la sociedad se trata de pasar de uno de estos sistema a otro.

Es importante considerar que no todas las sociedades o empresas pueden ser sujetas a migración, sólo la SpA, SRL y la EIRL, pueden cambiar de sistema, por cuanto, estos son los modelos societarios que acepta el sistema online (empresaenundia).

Recomendamos a los empresarios trabajar con sus sociedades y empresas en el sistema Online, pues se trata de una vía más rápida, flexible y económica que la convencional, y adicionalmente, ofrece la misma seguridad y veracidad jurídica que esta última. Es más práctico y fácil para los empresarios trabajar con el sistema online que con el convencional.

2. Transformación de sociedad

La transformación de sociedad consiste en el cambio del tipo social al cual corresponde la persona jurídica. Ejemplo: una Sociedad de Responsabilidad Limitada pasa a ser una Sociedad por Acciones. La transformación de sociedad, ocurre cuando se da el cambio de régimen jurídico, sin disolver a la persona jurídica, esta pasa de una clase a otra.

La transformación de sociedad se puede ocasionar principalmente por dos motivos:

1. Por voluntad de los titulares de la sociedad.

2. Por mandato de la ley.

Transformación de sociedad o empresa por voluntad de sus titulares

En ocasiones, los o el titular de una sociedad o empresa, deciden que deben cambiar el tipo de persona jurídica que utilizan. ¿A qué se debe esta decisión? en la mayoría de las ocasiones los titulares deciden cambiar el tipo de sociedad, porque el régimen de la que poseen no les permite realizar alguna actividad en específico.

Ejemplo: si posees una Empresa de Responsabilidad Limitada y deseas incluir otra persona como accionista de la empresa, deberás transformar el tipo social a uno que te permita asociarte, como la Sociedad por Acciones.

Cada tipo de sociedad o empresa, conlleva un régimen legal que determina cuales son los límites a las libertades de sus titulares. Todo modelo de sociedad o empresa, involucra restricciones que no pueden ser traspasadas por la disposición de los socios o empresarios.

Ante estas restricciones o limitaciones, solo tienen una opción y es transformar la persona jurídica (transformación de sociedad) en otro modelo social que les permita realizar las acciones que se encuentran restringida en el modelo que actualmente utilizan. En este sentido, los socios o el empresario, deciden transformar la persona jurídica y realizan de manera voluntaria las acciones necesarias para ello.

Transformación de sociedad o empresa por mandato de la ley

La ley otorga amplias libertades a los socios y empresarios, sin embargo, mantienen restricciones respecto a su alcance. Las restricciones consisten principalmente, en evitar que estos desvirtúen la naturaleza jurídica del tipo de persona jurídica que utilizan.

Previendo los actos excesivos o contrarios, al régimen del tipo de sociedad o empresa, que puedan realizar sus titulares, la ley ha establecido algunas causales y supuestos, que implican una transformación automática de la persona jurídica.

En otros términos, la transformación de sociedad o empresa, por mandato de ley, se entiende cuando, alguna disposición normativa establece que dada determinada circunstancia, el tipo de persona jurídica deberá ser cambiada por otra que acepte la circunstancia que ha motivado el cambio.

Cuando la transformación se deba a mandato de ley, los socios o empresarios, deben cumplir con las formalidades requeridas en el sistema registral que utilice, como si se tratara de una transformación de sociedad voluntaria.

Importancia de las regulaciones de ley sobre las transformaciones de sociedades

Es importante que los titulares de sociedades o empresas, conozcan cuales son las causales que motivan una transformación de sociedad automática de la persona jurídica. Es posible que en desconocimiento de la ley, incurran en una de estas causales y una vez lo hayas hecho, tendrás que formalizar el cambio.

La transformación de la sociedad o empresa, no es un acto que se limita la inscripción en el registro. la transformación es un acto que genera consecuencias en la mayoría de los aspectos relacionados a la persona jurídica, por lo tanto, es importante que conozcas cuales son los supuestos que podrían motivarla.

¿En qué casos la transformación de sociedad es obligatoria?

Al leer este artículo, una de las preguntas más importantes que te puedes realizar es: ¿En qué casos la transformación de sociedad es obligatoria? Para responder a tu pregunta, puedes ingresar en los siguientes artículos, donde se especifica de acuerdo a cada tipo de persona jurídica, cuales son las causales de transformación obligatoria.

  • Modificaciones de la Sociedad por Acciones.
  • Modificaciones de la Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Modificaciones de la Empresa de Responsabilidad Limitada.

¿Como transformar una sociedad o empresa respetando su antigüedad?

Una de las primera preguntas que se realizan los empresarios cuando van a transformar su sociedad o empresa es, si esta transformación afectará la antigüedad y trayectoria que la persona jurídica ha recorrido.

Es común que los empresarios se hagan esta pregunta, por cuanto, se entiende que existe una trayectoria previa a la transformación, existen obligaciones y aspectos tributarios que son importantes para la vida comercial de la empresa.

Respecto a esto, aclaramos que, la transformación del tipo de persona jurídica, no afecta la antigüedad que esta tiene. Se entiende en toda transformación que, la persona jurídica es la misma, solo cambia la clase o el tipo que la distingue. Por lo tanto, los aspectos tributarios, legales y obligacionales de la sociedad o empresa, no se ven afectados.

abogada le explica a mujer qué es una transformación de sociedad

3. Cambios a la sociedad o empresa

Las modificaciones más comunes respecto a las sociedades y empresas son aquellas que se realizan a los aspectos de identificación, funcionamiento e integración de estas. Comúnmente los socios o empresarios requieren, por diversas razones, cambiar alguno de los aspectos de la persona jurídica, estos cambios se refieren a la estructura o elementos de la sociedad y empresa.

En este tipo de modificaciones, los cambios más comunes son los siguientes:

Cambio de la razón social de sociedad o empresa

Uno de los aspectos que comúnmente se modifica, es la razón social o nombre de la sociedad o empresa. Por una u otra razón, los empresarios pueden cambiar de parecer respecto al nombre que han asignado para la sociedad o empresa.

Este es uno de los aspectos más regulado por el régimen legal de cada tipo de persona jurídica. Todo tipo de sociedad o empresa, prevé normas respecto como debe ser su razón social, por lo que, antes de proceder a realizar algún cambio, debes considerar cuales son los límites o regulaciones legales correspondientes a este nombre.

El cambio de la razón social debe hacerse en función a las normas de la sociedad. Ejemplo: no se puede cambiar el nombre de una EIRL a “Gonzalez Sociedad Anonima”.

Si se trata de una razón social compuesta por nombre de fantasía, está igualmente puede ser cambiada, siempre y cuando se respeten las regulaciones particulares de cada tipo de sociedad y empresa al respecto.

Recomendamos que antes de realizar cualquier cambio a la razón social de tu sociedad o empresa, consultes con un profesional si en efecto es procedente esta modificación.

¿Cuándo es necesario modificar la razón social?

El cambio de la razón social usualmente es algo opcional para los titulares de la sociedad o empresa, sin embargo, existen algunos casos en que este cambio deja de ser opcional y se convierte en obligatorio.

Es obligatorio cambiar la razón social, en los siguientes casos:

  • Cuando se transforme el tipo de sociedad o empresa.

  • Cuando se venda la EIRL a otra persona natural.

  • Cuando la identificación de un socio de la SRL se encuentra en la razón social y este ya no pertenezca a la sociedad, a menos de que los socios hayan dispuesto lo contrario.

  • Cuando se ordene judicialmente.

Cambios a la administración de la sociedad o empresa

Uno de los cambios más comunes y requeridos por los empresarios, son los relacionados a la administración de la empresa o sociedad. Estos cambios usualmente se enfocan en los sujetos de administración y en el funcionamiento de la misma.

Al igual que con el resto de las modificaciones, se puede cambiar cualquier aspecto de la administración, siempre y cuando, este cambio no sea en contra de la naturaleza de la persona jurídica o de las normas generales de derecho.

Cambio de representante legal de la sociedad o empresa

En las modificaciones, o transformaciones de sociedad, se puede cambiar cualquier aspecto relacionado a la representación legal de la persona jurídica o de manera directa a sus representantes. Los cambios de representación deben hacerse conforme al régimen jurídico del tipo de sociedad o empresa que se trate.

Cambio de los socios o empresario

Uno de los aspectos más cambiantes de la sociedad o empresa son los sujetos que las integran. Es bastante común que en la vida de la empresa o sociedad, se presente alguna modificación respecto a los socios o empresario que la integran.

Este tipo de cambios se refieren a la sustitución, extracción o adición de socios. Estos comúnmente surgen en razón a ventas de acciones, cesiones de derecho, o aumentos de capital, que se realizan sobre la empresa o sociedad. El cambio respecto a la integración de la empresa o sociedad, responde a cualquier reforma que se haga sobre los sujetos que la conforman.

Venta de acciones o cesión de derecho de la persona jurídica

Una venta de acciones (sociedades de capital) o una cesión de derecho (sociedades de personas), implican una modificación a la sociedad o empresa. Cada vez que se realiza una venta o cesión, debe realizarse el cambio de los estatutos sociales, por cuanto la sociedad deja de estar conformada de la misma manera en la que se constituyó. Todas las ventas y cesiones deben constar en el sistema para formalizar el acto.

Aportes al capital de la sociedad o empresa

En ocasiones, la persona jurídica realiza aumentos a su capital a través de aportes que realizan nuevos sujetos que se integrarán a la formación de la sociedad. Una de las formas de incluir nuevos socios o accionistas, es a través de los aumentos de capitales, en este caso, el nuevo integrante realiza un aporte valorable económicamente para la sociedad y se deja constancia de ello a través de un escrito de modificación.

4. Saneamiento de la sociedad o empresa

El saneamiento consiste en la acción de enmendar, es decir, corregir. En este caso, se habla de saneamiento de la sociedad o empresa y esto se refiere a la corrección que se hace sobre los defectos o errores de forma que se hayan cometido en la constitución o en alguna de las actas que se haya inscrito respecto a la persona jurídica.

Es importante resaltar que el saneamiento únicamente procede sobre los errores de forma y no sobre los de fondo. Ahora bien, probablemente te preguntes cómo distinguir un error de forma de uno de fondo.

Los errores de forma, son aquellos que se refieren a aspectos de trámite, principalmente respecto a la inscripción o redacción del contrato de sociedad o sobre alguno de los pasos o solemnidades requeridas para su registro. Los errores de fondo, son aquellos que se refieren a materias de derechos, es decir, sobre aspectos que son sustanciales para la existencia o legalidad de la sociedad o empresa.

En AbogaDOC somos expertos en transformación de sociedad y empresa. Conocemos cada uno de los tipos de modificaciones que existen para las sociedades y empresas. Podemos asesorarte y apoyarte en cualquier consulta o trámite que requieras realizar.