A la hora de comenzar un emprendimiento o formalizar un negocio, variados son los temas que ocupan la mente y el tiempo de los que deciden manejar su tiempo y su dinero de manera autónoma. Pero al contrario de lo que muchos piensan, escoger el nombre con el que uno será conocido en el mercado supone un ejercicio creativo complejo a la hora de considerar los propios gustos y el “enganche” que se espera éste genere en los consumidores de los productos y/o servicios a ofrecer. Por lo cual entender el proceso de como registrar una marca en Chile es vital a la hora de ponerse manos a la obra con tu emprendimiento.
Por ello, INAPI recomienda que a al momento de escoger una marca se tenga pleno conocimiento de las categorías de signos que no suelen ser aceptadas durante el proceso de registro como marca comercial. En esa línea, las “causales de irregistrabilidad de las marcas” suelen dividirse en “absolutas” o “relativas”. Y si bien la Ley 19.039 (sobre Propiedad Industrial) no realiza tal distinción, de acuerdo a la doctrina jurídica las solicitudes de registro de marca que son denegadas en consideración a los llamados cotidianamente “motivos absolutos” utilizan los siguientes términos:
Términos genéricos:
Si creemos que el elemento característico de nuestro emprendimiento es una mesa, un auto o una manzana y queremos usarlo para vender muebles, vehículos o frutas, la marca será denegada ya que “mesa”, “auto” y “manzana” son términos genéricos dentro de los productos ofrecidos.
Términos descriptivos:
Cuando se piensa que el mejor camino para conseguir clientela es decirles directamente y sin rodeos el tipo de producto y/o servicio a ofrecer, el INAPI considera injusto otorgar a una sola empresa la exclusividad de términos como “dulce”, “rápido” o “fresco”, salvo que sean parte de una denominación distintiva. En esos casos, debe indicarse claramente que la protección es “al conjunto” y no al término individualmente considerado.
Términos que pueden inducir a error:
En palabras simples, el INAPI considera que se engaña o confunde a los consumidores si se trata de comercializar agua purificada y se muestra la imagen de una montaña. En estos casos, es probable que la solicitud de marca sea denegada ya que induciría al consumidor a error, al asociar la marca con un producto de fuente natural (agua mineral).
Finalmente, en esta clasificación encontramos las marcas técnicas o científicas; las consideradas contrarias al orden público (que por lo general son ofensivas a la moral y/o a la religión), además de no poder registrarse como marcas comerciales las banderas; escudos de armas; sellos oficiales y emblemas de cualquier país, Estado u organización internacional.
Por otra parte, dentro de las solicitudes que se deniegan por “motivos relativos” aparecen las que son similares gráfica o fonéticamente con otras marcas ya existentes. La coexistencia de dos marcas idénticas (o muy similares), puede confundir a los consumidores y, sobre todo, si se encuentran dentro de la misma clase. En el registro de marcas, la clase es la actividad económica particular en la que se ofrecen los productos y/o servicios. Para evitar esto, el INAPI siempre verifica de oficio que no exista conflicto con marcas existentes, además de permitir el requerimiento de terceros mediante el procedimiento de oposición.
Por consiguiente, al momento de decidir ese nombre distintivo con el cual buscamos el reconocimiento de nuestros clientes es vital entender como registrar una marca en Chile, y dentro de ello lo más conveniente evitar el uso de las marcas antes mencionadas. De lo contrario, la pérdida de tiempo y dinero puede generarnos más que un mal rato.